Navegando por
Etiqueta: Santo Oficio

El CURIOSO CELIBATO DE PABLO III

El CURIOSO CELIBATO DE PABLO III

Pablo III

Es bien sabido el empeño de la Iglesia-estructura por no hacer lo que dice y exigir a los fieles que hagan lo que ellos no hacen, pero entre todos los incumplimientos destaca por su vulgaridad el celibato, es decir, el empeño en no conocer mujer ni matrimonio, pero dogmatizando sobre ello y estigmatizando a los adúlteros, más a las adúlteras y sin mirar a los pederastas.

Trescientos años después de morir el Redentor, la Iglesia impuso el celibato a sus pastores, algo que los primitivos católicos no hicieron, como tampoco hacen hoy los cristianos protestantes, que no ven justificación doctrinal para ello. Fue en el canon 33 del Concilio de Elvira celebrado en España en el año 305, donde se decretó que todos los obispos, presbíteros y diáconos se abstuvieran de mujeres y de engendrar hijos.

Esto fue confirmado años después en el Concilio de Nicea, recibiendo el espaldarazo definitivo el 11 de noviembre de 1563 en el larguísimo Concilio contrarreformista de Trento, convocado por Paulo III. Curioso papa, como tantos otros, amante del lujo, destacado nepotista y protector de su familia, que nombró cardenales a dos nietos de catorce y dieciséis años, estableció el Santo Oficio y puso en marcha el Índice de los Libros Prohibidos. Pero lo más pulcro y sincero que hizo este papa fue exigir el celibato a los fieles católicos, sin tener en cuenta que él tuvo cuatro hijos bastardos con una noble romana, que fueron legitimados por el sucesor Julio III.

¿DECÍAMOS AYER…?

¿DECÍAMOS AYER…?

b

Fray Luis de León retornó a Salamanca desde la cárcel vallisoletana de la Inquisición, la mañana del domingo 30 de diciembre de 1576, entrando en la ciudad por la calzada principal que conducía a la Universidad, a lomos de una mula, siendo recibido por muchos ciudadanos que ocupaban la calle, balcones y ventanas, hasta llegar al convento de San Agustín.

Al día siguiente, el Rector de la Universidad convocó Claustro Pleno para informar a los profesores sobre la sentencia absolutoria dictada por el Santo Oficio, devolverle a su cátedra y decretar que le fueran pagados los sueldos correspondientes desde su detención, que ascendían a 25.000 maravedíes por cada año que estuvo ausente.

Tras unas palabras de agradecimiento, Fray Luis aceptó la restitución de su honor y honra, solicitando la nueva cátedra de Teología, que le fue otorgada por votación secreta de los claustrales, recibiendo el nombramiento oficial veinte días más tarde, mediante cédula real otorgada por el rey Felipe II.

Fray Luis ocupó dicha cátedra una semana más tarde, y el martes 29 de enero pronunció su primera lección después de cinco años de cautiverio y penalidades, ante un público expectante que llenaba el aula, esperando oír de sus labios el relato del cautiverio, los pormenores del proceso, la réplica a sus delatores y duros reproches al tribunal inquisidor que le juzgó.

Pero no fue así, ni como la tradición ha mitificado durante siglos afirmando que el maestro pronunció la frase “Decibamus hesterna die”, algo que no sucedió, pues Fray Luis inició su lección con las siguientes palabras: “Os saludo a todos en el nombre de Cristo y os pido que agradezcáis a Dios, conmigo, la merced que me ha hecho al permitirme estar de nuevo entre vosotros, con el mismo fervor que estaba el último día, cuando dicté en esta sala mi última lección antes de ser retirado de la cátedra. Al comentar aquel día el Salmo XXVI, les decía a mis alumnos de entonces que….

De esta forma, comenzó su primera clase, con la misma naturalidad que la hubiera comenzado al día siguiente de la suspensión el 26 de marzo de 1572, cuando fue detenido en el convento al concluir su lección diaria, sin expresar rencor a nadie ni consumirse en venganzas impropias de su condición.

ABSOLUCIÓN A FRAY LUIS

ABSOLUCIÓN A FRAY LUIS

Unknown

Casi cinco años pasó Fray Luis de León en la cárcel vallisoletana de la Inquisición, sin apenas abrigo ni comida, sobreviviendo, ciego de luz, en la penumbra oscura del pequeño habitáculo donde pasaba los tenues días y las interminables noches, hasta ser absuelto el 7 de diciembre de 1576 por el Consejo de la Suprema Inquisición con sede en Madrid.

Pero no fueron los quebrantos físicos derivados del frío, las heridas y las enfermedades, la causa principal de sus abatimientos, crisis, pesadumbres y desánimos, sino la falta de comunicación, los silencios a sus preguntas, la angustia por el futuro de su vida, la decepción con ciertas personas, la frustración por el rechazo de toda iniciativa, la impotencia de no ser escuchado ni creído, la falta de verdad sobre los hechos que provocaron todo aquello y la incertidumbre ante el desenlace final.

Durante aquellos años, se prohibió al fraile asistir a misa, celebrar la eucaristía, confesar y confesarse, fundamental sostén de su vida religiosa, apenas mantenida por algunas horas de profunda meditación y larga oración, estando casi ciego, enfermo y con una debilidad que le impedía moverse y cambiar de postura en el camastro.

Era tal su deterioro físico y moral que pidió al tribunal la asistencia de un hermano agustino para que le cuidara y ayudara a bien morir, siéndole negado este favor en víspera de que la Suprema dictara la sentencia absolutoria:

En la Villa de Madrid a siete días del mes de diciembre de mil quinientos y setenta y seis años, habiendo visto los Señores del Consejo de S.M. de la Santa General Inquisición, el proceso del pleito criminal contra fray Luis de León, de la Orden de San Agustín, preso en las cárceles secretas del Santo Oficio de la Inquisición de Valladolid, mandan que el dicho fray Luis de León sea absuelto de la instancia de este juicio; pero que en la sala de la audiencia sea reprendido y advertido que de aquí en adelante mire cómo y adónde trata cosas y materias de la cualidad y peligro de las que de este proceso resultan, y tenga en ellas mucha moderación y prudencia, como conviene, para que cese todo escándalo y ocasión de errores; y que se recoja el cuaderno de los Cantares traducido en romance por el dicho fray Luis de León.

Cuando la sentencia llegó a Valladolid, los inquisidores que le habían condenado no tuvieron otra opción que acatar la absolución del Consejo de la Suprema, lo cual hicieron siguiendo el protocolo acostumbrado. Para ello se reunió la sala al completo y redactaron la sentencia definitiva en los siguientes términos:

Fallamos, atendiendo los autos y méritos de dicho proceso, que debemos absolver y absolvemos al dicho Maestro fray Luis de León de la instancia de este juicio con tal que en la sala de este Santo Oficio sea reprendido y advertido que de aquí en adelante mire cómo y adónde trata cosas y materias de la cualidad y peligro de las que de este proceso resultan, y tenga en ellas mucha moderación y prudencia, como conviene para que cese todo escándalo y ocasión de errores; y que se recoja el cuaderno de los Cantares traducido en romance por el dicho fray Luis de León. Y por esta nuestra sentencia definitiva juzgado, así lo pronunciamos y mandamos en estos escritos y por ellos

Fray Luis de León habló para todos diciendo: “¡Ay, amigos, cómo es luz la verdad y como habla por ella misma y por ella misma se defiende, y sube a lo alto y resplandece, y se pone en lugar seguro, libre de contradicción! ¿No veis con qué simples y breves palabras la verdad pura se concluye?”.

GÓNGORA DELATOR

GÓNGORA DELATOR

Sabíamos que don Luis era festivo, conversador y sociable. También  que vivía con un lujo impropio de las mortificaciones sufridas por los clérigos de la época. Y pocos ignoran que gustaba de participar en timbas de naipes y aplaudir entusiasmado en las corridas de toros.

Pero lo que no sabíamos de este canónigo cordobés y capellán real del tercer Felipe, es que se hubiera atrevido a tomar la pluma para acusar de amancebamiento al primer inquisidor de la ciudad, como revela el manuscrito inédito que fue presentado ayer en la Biblioteca Nacional.

El culterano párroco descendió de las alturas  con la juventud de sus treinta y cinco años, para autografiar en cinco folios testificales ante el Santo Oficio cordobés, el 25 de febrero de 1597, que don Alonso Jiménez de Reynoso, se beneficiaba con gotas de sudor de los favores sexuales ofrecidos por la licenciosa María de Lara.

Hemos de agradecer a la hispanista Amelia de Paz el hallazgo del documento ofrecido ayer a los interesados en verlo, aunque su descubrimiento haya sido inesperado, como sucede algunas veces a quienes pasan horas, días, meses y años, buscando datos en cedularios, investigando legajos en archivos, indagando en bibliotecas y rastreando hemerotecas, sin reconocimiento popular alguno.